sábado, 13 de octubre de 2007

A propósito de la ciudadanía


por Pascual Aguelo Navarro y Angel G. Chueca
Directores de INTERMIGRA


En los últimos meses se viene hablando reiteradamente de “ciudadanía”como cualidad cívica a la que todos debemos aspirar; así, en el escenario educativo, se señala que “se debe educar para la ciudadanía”, o en el migratorio se ordena que las políticas migratorias deben tener como pilar básico “ el principio de ciudadanía”. El propio Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración (2007-2010),aprobado por el Consejo de Ministros en Febrero de 2007, observa también que “el principio de ciudadanía implica avanzar en el reconocimiento de plenos derechos de participación cívica, económica,social, cultural y política a la población inmigrada” (p.182).

De esta forma, la ciudadanía constituiría un estatus jurídico alcanzable por cualquier persona, que impulsaría la conformación de sujetos activos y participativos en la realidad sociopolítica española, imbuidos de valores y principios democráticos. Por tanto se trataría de educar para la igualdad, formar para evitar el racismo y la xenofobia y fomentar valores consustanciales al estado democrático de derecho, tales como la dignidad, la solidaridad y el respeto a los derechos humanos. Todos estos valores resultan indudablemente imprescindibles asimismo para la denominada “integración de los inmigrantes”.

Y es aquí donde encontramos la primera y más llamativa de las paradojas, puesto que no a todas las personas formadas en esos valores y principios se les va a permitir acceder con plenitud de contenido a ese estatuto de ciudadano, como sinónimo de sujeto activo y participativo. En nuestro actual ordenamiento el extranjero verá muy mermada su intervención en la vida económica, social, cultural y política de la sociedad en la que vive. Podemos afirmar que, en la actualidad, superadas las viejas exclusiones, la más llamativa la conforman precisamente la de las personas no nacionales importando poco su especial arraigo y su voluntad de permanencia entre nosotros. La superación de esta contradicción resulta por tanto ineludible para poder alcanzar la plena integración de las personas inmigradas.

El vigente Plan Integral para la Inmigración en Aragón (2004-2007) no recoge la ciudadanía entre sus principios rectores (pp. 39-41), pero sí incluye el de participación. La participación (dice) exige “la intervención activa de todos los agentes sociales yeconómicos, así como de las instituciones; también significa propiciar espacios y, donde no los haya, potenciar la creación de grupos”. La integración de la participación en el principio de ciudadanía implica reconocer el derecho del ciudadano a la participación sociopolítica, reservada generalmente a los nacionales.

En este camino de reivindicación de la ciudadanía resulta plenamente razonable reivindicar que los Estados de acogida de inmigrantes otorguen la elegibilidad activa y pasiva, al menos a nivel municipal, a quienes residan regularmente con el carácter de residentes de larga duración.

En realidad ya nos encontramos con algún instrumento internacional que prevé esa intervención política; nos referimos a la Convención sobre la Participación de los Extranjeros en la vida pública a nivel local, firmada en Estrasburgo en 1992. Esta Convención (no ratificada por España, pero sí ratificada por Dinamarca, Italia, Noruega y Suecia, entre otros Estados) prevé que los Estados partes concedan ese derecho si los extranjeros cumplen los mismos requisitos que los nacionales y, además, residen legal y habitualmente en el Estado concreto durante los cinco años anteriores a las elecciones, pudiendo incluso cada Estado reducir ese período de residencia. En el debate europeo sobre el estatuto de los residentes de larga duración se afirmó la necesidad de avanzar en esa misma dirección.

La vigente Ley de Extranjería española reconoce el derecho a la participación política a nivel municipal únicamente a los ciudadanos de la Unión Europea, pero incluso a éstos se les niega
el derecho a nivel autonómico y general. Sin embargo, sólo la participación política convertirá a los extranjeros en miembros plenos de la sociedad en la que viven, en vecinos de la ciudad, villa o pueblo donde trabajan, gastan, pagan impuestos, etc., haciendo realidad un principio básico del estado democrático de derecho cual es la igualdad en derechos y obligaciones de todos.

Eduquemos en la ciudadanía, pero al mismo tiempo creemos los cauces precisos para que todas las personas puedan acceder a la misma. Para seguir hablando de integración de los extranjeros, de la ciudadanía de los mismos, habremos de exigir la efectiva aplicación del principio de igualdad y no discriminación también en los terrenos económico, social, cultural y muy especialmente en el terreno político.

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