lunes, 17 de diciembre de 2007

18 Diciembre, Día del Inmigrante


por Pascual Aguelo Navarro,
Responsable Jurídico de la Web de Extranjeria ReICAZ


El 18 de Diciembre celebramos, desde hace años, el Día Internacional del Inmigrante. La fecha fue elegida por la Asamblea General de las Naciones Unidas para conmemorar la aprobación en el año 1990 de la Convención Internacional sobre los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, que entró en vigor en el año 2003 y que representa el consenso universal existente sobre esta materia.

Actualmente son 37 los Estados que la han ratificado; entre ellos hay varios Estados europeos, pero no se encuentra ningún Estado miembro de la Unión Europea. Y ello sucede aún cuando el Parlamento Europeo reclame su ratificación, dada su enorme trascendencia en relación con el complejo fenómeno de la inmigración.

En este día queremos reflexionar especialmente sobre la realidad de la migración irregular (desde luego la más vulnerable) y la percepción muy extendida según la cual los inmigrantes indocumentados (los “sin papeles”) muchas veces son descalificados con total injusticia como “Personas Ilegales” o “Extranjeros Ilegales” o “Inmigrantes Ilegales” o simplemente “Ilegales”.

Desde el punto de vista del Derecho, aunque los actos puedan serlo, ninguna persona es ilegal. Por tanto, al designar como tal a una persona, por un lado se pervierte el más profundo sentido del derecho, que sólo tiene sentido si sirve a las personas, a las relaciones humanas; por otra parte se comete un auténtico fraude en la interpretación y en la aplicación de las normas jurídicas.

¿Qué nos dice la Convención Internacional cuya adopción celebramos en estas fechas? Simplemente que, aunque lógicamente se potencie la regularidad de las personas migrantes, reconociendo un mayor número de derechos a quienes se hallen documentados, todas las personas tienen Derechos, sea cual sea su situación migratoria (regular o irregular).

En pocas palabras, las personas sin papeles también tienen derechos; puesto que los Derechos Humanos, por definición, son universales, indivisibles, interdependientes e irrenunciables. Así lo ha demostrado en nuestro caso la sentencia del Tribunal Constitucional español de 7 de Noviembre de 2007, en la que se reconoce que, por su propia dignidad humana, esas personas tienen derechos de reunión, asociación y sindicación, además del derecho de acceso a la enseñanza superior y el derecho a la asistencia jurídica gratuita (si carecen de recursos)

La no ratificación de la Convención provoca un inquietante interrogante: Si la misma únicamente reconoce derechos calificados como Derechos Humanos ¿qué obstáculo jurídico o político puede esgrimirse sin sonrojo para no proceder de inmediato a su ratificación por parte de los Estados que se autodenominan Estados de derecho y manifiesta reiteradamente ser respetuosos con los Derechos Humanos?

Confiamos en que la Unión Europea y sus Estados miembros escuchen las recomendaciones del Parlamento Europeo y en España se tenga en cuenta la petición que en su día realizó el Consejo General de la Abogacía Española e incluyan en sus agendas la ratificación de la Convención Internacional que hoy recordamos; esta Convención expresa indubitadamente su sincera voluntad de respeto de los Derechos Humanos de todas las personas, especialmente las personas migrantes, sea cual sea su situación migratoria.

Por eso termino con este recuerdo, que expresa el contenido actual de los Derechos Humanos: ¡¡¡SIN PAPELES, PERO CON DERECHOS HUMANOS!!!

jueves, 13 de diciembre de 2007

Abogacía española y Protección internacional


por Pascual Aguelo Navarro,
Responsable Jurídico de la Web de Extranjeria ReICAZ


Por segundo año consecutivo, el CGAE, a través de la Subcomisión de Extranjería, junto con la Dirección General de Política Interior, en colaboración con diferentes Colegios de Abogados, la OAR, ACNUR, CEAR, CGP., entre otros, ha desarrollado una intensa actividad formativa de los Letrados de los Servicios colegiales de extranjería y asilo, especialmente en aquellos puntos calientes de nuestra geografía en los que se produce una mayor llegada de personas y donde por tanto resulta preciso reforzar el sistema jurídico garantista de los derechos de las personas susceptibles de gozar de protección internacional.
Melilla, Ceuta, Las Palmas, Tenerife, Alicante. Almería, Málaga, La Palma, Valencia y Madrid han sido los Colegios elegidos inicialmente para el desarrollo de estas Jornadas sobre “Introducción a la Protección Internacional en España”.
Durante el mes de diciembre, en el marco del Colegio de Abogados de Madrid ha tenido lugar la sesión de balance y cierre del ciclo anual de las Jornadas. Responsables de los Servicios de Extranjería de diecisiete Colegios de Abogados han podido debatir, con representantes de la OAR, DGP, el ACNUR y de la judicatura, los temas más controvertidos de la materia de asilo, intercambiar puntos de vista y analizar las novedades más recientes en este campo jurídico.
La firma en Diciembre de 2006 de un Convenio de Colaboración entre el CGAE y la Secretaría de Estado de Seguridad garantiza la continuidad de las reuniones y su extensión al conjunto de Colegios con mayor problemática o interés en la materia: Bilbao, Lanzarote, Elche, Badajoz, Córdoba, han mostrado su interés en su organización.
Asimismo, está previsto complementar estas Jornadas presenciales con la impartición de cursos “on line” que posibilite la formación del conjunto de letrados interesados en la materia.
El esfuerzo desplegado por todos los implicados, abogados y administración, redundará sin duda en el perfeccionamiento del nivel de conocimientos de los profesionales y garantizará una asistencia letrada eficaz, de calidad, de las personas potencialmente susceptibles de merecer la protección internacional en España.