sábado, 27 de octubre de 2007

Educar para la ciudadanía e inmigración


por Pascual Aguelo Navarro, Responsable Jurídico de la Web de Extranjeria ReICAZ

La educación en valores democráticos, es decir en el respeto de los derechos humanos universales, es una tarea de todas nuestras instancias sociales, incluidas lógicamente las educativas.

Pero esa labor formativa, solo puede tener éxito si va acompañada del ejemplar ejercicio cotidiano de los comportamientos, basados en esos principios, por parte de cada uno de nosotros mismos.

Eduquemos en valores democráticos, pero fundamentalmente practiquemos con el ejemplo, esa será sin duda la mejor enseñanza.

Ah¡, por cierto, y si hablamos de educar para la ciudadanía, permitamos que todos los educandos, también las personas inmigradas, puedan acceder a ese privilegiado y deseado estatuto.


sábado, 13 de octubre de 2007

A propósito de la ciudadanía


por Pascual Aguelo Navarro y Angel G. Chueca
Directores de INTERMIGRA


En los últimos meses se viene hablando reiteradamente de “ciudadanía”como cualidad cívica a la que todos debemos aspirar; así, en el escenario educativo, se señala que “se debe educar para la ciudadanía”, o en el migratorio se ordena que las políticas migratorias deben tener como pilar básico “ el principio de ciudadanía”. El propio Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración (2007-2010),aprobado por el Consejo de Ministros en Febrero de 2007, observa también que “el principio de ciudadanía implica avanzar en el reconocimiento de plenos derechos de participación cívica, económica,social, cultural y política a la población inmigrada” (p.182).

De esta forma, la ciudadanía constituiría un estatus jurídico alcanzable por cualquier persona, que impulsaría la conformación de sujetos activos y participativos en la realidad sociopolítica española, imbuidos de valores y principios democráticos. Por tanto se trataría de educar para la igualdad, formar para evitar el racismo y la xenofobia y fomentar valores consustanciales al estado democrático de derecho, tales como la dignidad, la solidaridad y el respeto a los derechos humanos. Todos estos valores resultan indudablemente imprescindibles asimismo para la denominada “integración de los inmigrantes”.

Y es aquí donde encontramos la primera y más llamativa de las paradojas, puesto que no a todas las personas formadas en esos valores y principios se les va a permitir acceder con plenitud de contenido a ese estatuto de ciudadano, como sinónimo de sujeto activo y participativo. En nuestro actual ordenamiento el extranjero verá muy mermada su intervención en la vida económica, social, cultural y política de la sociedad en la que vive. Podemos afirmar que, en la actualidad, superadas las viejas exclusiones, la más llamativa la conforman precisamente la de las personas no nacionales importando poco su especial arraigo y su voluntad de permanencia entre nosotros. La superación de esta contradicción resulta por tanto ineludible para poder alcanzar la plena integración de las personas inmigradas.

El vigente Plan Integral para la Inmigración en Aragón (2004-2007) no recoge la ciudadanía entre sus principios rectores (pp. 39-41), pero sí incluye el de participación. La participación (dice) exige “la intervención activa de todos los agentes sociales yeconómicos, así como de las instituciones; también significa propiciar espacios y, donde no los haya, potenciar la creación de grupos”. La integración de la participación en el principio de ciudadanía implica reconocer el derecho del ciudadano a la participación sociopolítica, reservada generalmente a los nacionales.

En este camino de reivindicación de la ciudadanía resulta plenamente razonable reivindicar que los Estados de acogida de inmigrantes otorguen la elegibilidad activa y pasiva, al menos a nivel municipal, a quienes residan regularmente con el carácter de residentes de larga duración.

En realidad ya nos encontramos con algún instrumento internacional que prevé esa intervención política; nos referimos a la Convención sobre la Participación de los Extranjeros en la vida pública a nivel local, firmada en Estrasburgo en 1992. Esta Convención (no ratificada por España, pero sí ratificada por Dinamarca, Italia, Noruega y Suecia, entre otros Estados) prevé que los Estados partes concedan ese derecho si los extranjeros cumplen los mismos requisitos que los nacionales y, además, residen legal y habitualmente en el Estado concreto durante los cinco años anteriores a las elecciones, pudiendo incluso cada Estado reducir ese período de residencia. En el debate europeo sobre el estatuto de los residentes de larga duración se afirmó la necesidad de avanzar en esa misma dirección.

La vigente Ley de Extranjería española reconoce el derecho a la participación política a nivel municipal únicamente a los ciudadanos de la Unión Europea, pero incluso a éstos se les niega
el derecho a nivel autonómico y general. Sin embargo, sólo la participación política convertirá a los extranjeros en miembros plenos de la sociedad en la que viven, en vecinos de la ciudad, villa o pueblo donde trabajan, gastan, pagan impuestos, etc., haciendo realidad un principio básico del estado democrático de derecho cual es la igualdad en derechos y obligaciones de todos.

Eduquemos en la ciudadanía, pero al mismo tiempo creemos los cauces precisos para que todas las personas puedan acceder a la misma. Para seguir hablando de integración de los extranjeros, de la ciudadanía de los mismos, habremos de exigir la efectiva aplicación del principio de igualdad y no discriminación también en los terrenos económico, social, cultural y muy especialmente en el terreno político.

miércoles, 3 de octubre de 2007

Una inquietante iniciativa de “contrarreforma” de la Ley de Extranjería


por Pascual Aguelo Navarro,
Responsable Jurídico de la Web de Extranjeria ReICAZ


Bajo el pretexto de promover la Lucha contra la Inmigración clandestina, Coalición Canaria con el apoyo del PP pretenden iniciar una nueva y profunda contrarreforma de la normativa en materia relacionada con la extranjería que, de prosperar, supondría una gravísima involución de los derechos del conjunto de las personas migrantes.

Los puntos mas regresivos de la iniciativa, entre otros, son:

1.- Creación de una jurisdicción especial en materia de extranjería que el Grupo Socialista califica de jurisdicción para inmigrantes tipo “apartheid”.
2.- Supresión de la normalización por arraigo laboral y social dado que no sería aplicable para las personas que se encuentren en situación de irregularidad.
3.- Supresión de empadronamiento de irregulares
4.- Imposibilidad de obtención la nacionalidad española para la personas que hubieren entrada de manera irregular.
5.- Supresión de los visados de búsqueda de empleo.
6.- Asunción de la tutela de menores por la Administración General del Estado, aunque la guardia y custodia pueda ser para las Comunidades Autónomas.
7.- Incremento del plazo máximo de prohibición de entrada en supuestos de devolución a 6 años.
8.- Incremento del plazo de internamiento en Centros de Internamiento para extranjeros hasta 70 días.

De momento, se trata tan sólo del trámite parlamentario de toma en consideración en el Senado de la proposición de ley, pero a la vista de las intervenciones sobre el fondo de la propuesta y a pesar de la oposición del Grupo Socialista conviene seguir atentamente el curso de la tramitación para evitar sorpresas de última hora, máxime teniendo en cuenta el inminente calendario electoral